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DR. FELIPE HERNÁNDEZ G.
UNESR
CRONISTA DE VLP
El año 1872, durante el Septenio del presidente Antonio Guzmán Blanco, los estados de la República fueron divididos en departamentos y distritos. En el caso del Estado Guárico, este fue dividido primeramente, en siete Departamentos y 33 Distritos, tal como habían estado conformados hasta el año 1866. Siendo estos:
1) Departamento Jiménez: capital Calabozo, y los distritos: Bolívar, Sucre, Los Ángeles, La Trinidad, El Rastro y Guardatinajas. 2) Departamento Arismendi: capital El Sombrero; distritos: Barbacoas, El Calvario, y Sosa (creado ese año). 3) Departamento Infante: capital Chaguaramas; distritos: Valle de la Pascua, Espino, Altagracia de Iguana, Cabruta y Santa Rita de Manapire. 4) Departamento Unare: capital Zaraza; distritos: Tucupido, San Rafael de Unare, El Potrero, Santa María de Ipire y Altamira. 5) Departamento Cedeño: capital San Rafael de Orituco; distritos: Altagracia de Orituco, Lezama y Taguay. 6) Departamento Bermúdez: capital Santa Rosa de Lima; distritos: Las Mercedes (de Ortiz), Parapara, San José y San Francisco de Tiznados. 7) Departamento Crespo: capital Camaguán; distritos: Guayabal y Cazorla. Además, en 1872, fueron creados los distritos civiles con los vecindarios Guásima y Cardoncito en Barbacoas, con el nombre de El Rosario y Santa Rosa, El Paso del Eneal con el nombre de Libertad de Macaira y San José y San Juan de Tamanaco en el Unare.
En 1875 se creó el distrito El Socorro, con el nombre de Urbaneja. El departamento Arismendi es dividido en dos. Departamento Arismendi: El Sombrero (capital); distritos: El Calvario y Sosa; y Departamento Ibarra: Barbacoas (capital), distritos: El Rosario y Santa Rosa. También el departamento Infante fue dividido en dos: Departamento Infante: Chaguaramas (capital), distritos: Cabruta y Santa Rita de Manapire; y Departamento Bravo: Valle de la Pascua (capital), distritos: Espino y Altagracia de Iguana.
En 1875, las ciudades del Guárico son sólo tres: Calabozo, Ortiz y Zaraza. Las demás capitales de departamentos, son llamadas Villas.
Del año 1877, correspondiente a ese período del devenir político-administrativo del Estado Guárico, corresponden los Actos Administrativos del Concejo Municipal de la Villa de Valle de la Pascua (Capital del Departamento Bravo), que se presentan:
ESTADO GUÁRICO. DEPARTAMENTO BRAVO. (1877): Recopilación de los Actos Oficiales Sancionados por el Concejo Municipal del Departamento en el Primer Trimestre del año 1877. Edición Oficial. Aragua: Imprenta de C. Scherling. (Biblioteca de la Universidad de Harvard. Cambridge, Massachusetts, Estados Unidos)).
1) Los funcionarios municipales del Departamento Bravo, se han impuesto el deber de dar a luz pública sus acuerdos más importantes, en homenaje a los principios democráticos, a fin de que todos los ciudadanos puedan juzgar con pleno conocimiento de todos sus trabajos. En los países republicanos la publicidad es un deber impuesto a todo funcionario, que tiene por norte la ley y el respeto a los verdaderos intereses públicos. Con estos honrados propósitos, el Concejo Municipal de Bravo acuerda: que se publiquen en la imprenta de “El Ómnibus”, de Aragua de Barcelona, los actos de este cuerpo en el primer trimestre de su período constitucional.
El Presidente: Ignacio Hernández. El Secretario: Ángel Remigio Tovar.
2) Acuerdo del 2 de Enero, participando al Prefecto del Departamento los nombramientos siguientes: EL Concejo Municipal, usando de la atribución que le está conferida por el artículo 16 de la Ley Orgánica de Tribunales, ha formado la terna que debe presentar al Prefecto para el nombramiento del Juez departamental en el presente año.
Recogida la votación, resultaron electos para componerla, los ciudadanos Ricardo Escobar, Dámaso Rengifo y Dr. Pedro E. Campos. Y para componer la Junta Clasificadora de este Distrito capital, fueron designados, los ciudadanos Miguel Lorenzo Ron, Ricardo Escobar, Pedro Rodríguez y Jesús Torres, de cuyos nombramientos han sido notificados todos y cada uno de los ciudadanos indicados.
EMPLEADOS EN RENTAS: Para Administrador Municipal del Departamento fue nombrado últimamente el ciudadano José Manuel Matute, el cual está ya en posesión de su empleo, desempeñándolo muy a satisfacción del Concejo Municipal.
Comunícolo a Ud. Para su inteligencia y demás fines. Dios y Federación.
El Presidente accidental: José Tomás Hernández.
ACUERDOS SOBRE DEMARCACIONES DE LAS COMISARÍAS
Prefectura Departamental de Bravo.- Atendiendo el que suscribe a la gran extensión de esta población y lo difícil que se hace la buena marcha del servicio público por las pocas comisarías que encierra esta localidad; y autorizado por el Ilustre Concejo Municipal de este Departamento para darle organización, como lo demarca el artículo 26 del Régimen Municipal;
Resuelvo: Dividir la población de Valle de la Pascua en once comisarías, bajo las denominaciones de barrios, en la forma siguiente:
LA MISERICORDIA: De Norte a Sur: Esquina del Aniego hacia el Naciente, comprendiéndose el trayecto de la laguna de abasto público y sus inmediaciones.
SAN JOSÉ: Sobre el Norte: De las esquina del Aniego a la de Sebastopol: Calle Real hasta sus confines. SAN JUAN: Sobre el Sur: De la esquina del Aniego a la de Sebastopol. EL PILAR: Sobre el Norte: De la esquina de Sebastopol a la de Zamora: Calle Real. LA CANDELARIA: Sobre el Sur: De la esquina de Sebastopol a la de Zamora. LAS MERCEDES: Sobre el Norte: De la esquina de Zamora a la de Independencia: Calle Real. EL CARMEN: Por el Sur: De la esquina de Zamora a la de Independencia. SANTA ROSALÍA: Por el Norte: De la esquina de Independencia a la del Mamón: Calle Real. SAN RAFAEL: Sobre el Sur: De la esquina de Independencia a la del Mamón. SAN ANTONIO: Sobre el Poniente Norte: De la esquina del Mamón hasta sus confines: Calle Real. LAS ÁNIMAS: Del Poniente al Sur: De la esquina del Mamón hasta sus confines.
Cada comisario de los barrios ya nombrados, será responsable de las faltas que se cometan por omisión o negligencia en sus respectivas localidades.
Dado en Valle de la Pascua, a 11 de Enero de 1877.
Firman: El Prefecto: Jesús María Istúriz.
Epitacio Delgado (Secretario).
Nota: Sometido a la consideración del cuerpo, el cuadro que precede fue aprobado.
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En abril de 1881, ahora durante el Quinquenio, el Presidente de la República, general Antonio Guzmán Blanco, promulga una nueva Constitución, que elimina al estado Guárico, el cual pasa a formar parte del Gran Estado Guzmán Blanco, designando como capital del Guárico, primero a Camatagua y luego a Villa de Cura.
El Gran Estado Guzmán Blanco, fue uno de los nueve en que se dividió el país por la Constitución de abril de 1881, con capital Villa de Cura hasta 1889; Camatagua fue capital provisional por seis meses hasta que las Legislaturas regionales aprobaron su Constitución adaptada a la nueva Constitución Nacional y su Ley de División Político-Territorial. Por eso fueron capitales Camatagua capital del Guárico, igual que Caicara de Orinoco capital del estado Guayana o Bolívar, entre otras. El Gran Estado Guzmán Blanco lo componían las secciones Aragua (capital La Victoria), Guárico (capital Calabozo), Bolívar, el actual estado Miranda (capital Petare) y Nueva Esparta (capital La Asunción).
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